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| | Bases de derecho de la franquicia | Contrariamente a lo que piensan muchos candidatos, en muchos países no existe
una ley específica sobre la Franquicia, pero hay leyes que se aplican tanto a la
Franquicia como a otras formas de redes. Se trata del
derecho: - de la competencia, - del
derecho de marcas, - del derecho
laboral, - de la reglamentación sobre solares comerciales,
etc. (Este hecho no le exime de comprobar si en su país existen leyes aplicables
específicamente a la franquicia). Por este motivo, el código deontológico europeo, que es un código de “buena
conducta” elaborado por los Franquiciadores para disciplinar la práctica de la
Franquicia, a menudo es una referencia para los tribunales. En éste se define lo que los profesionales consideran “normal” y
equilibrado. En ausencia de ley sobre la Franquicia, el contrato se convierte, por tanto,
en el documento básico de la relación Franquiciador – Franquiciado. Hay que evitar los contratos tipo y optar por los contratos hechos a medida
para una red específica y que evitarán las “aproximaciones” que luego se acaban
lamentando. Por último, el reglamento de excepción europeo diseñado
por la comisión europea ocupa un lugar creciente en derecho y poco a poco se está convirtiendo en el texto más importante
para la Franquicia europea. Permite definir cláusulas autorizadas y prohibidas y
constituye una base incomparable a la hora de redactar un contrato de
Franquicia. |
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